Restitución internacional de menores: el Convenio de La Haya

¿Qué es el traslado ilícito de menores?
Se produce cuando uno de los progenitores lleva a un hijo al exterior sin el consentimiento del otro o de la autoridad judicial, o cuando lo retiene en otro país más allá del tiempo autorizado. Es una situación de gran impacto emocional y legal que requiere actuación inmediata.
El Convenio de La Haya de 1980
Argentina es signataria del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (La Haya, 1980). Este tratado establece un procedimiento para lograr el retorno rápido del menor a su país de residencia habitual, con independencia de quién tenga razón en el conflicto de fondo.
El objetivo no es resolver la custodia, sino restablecer la situación anterior al traslado para que los tribunales competentes del país de residencia habitual decidan sobre la guarda.
¿Cómo funciona el proceso?
- Se presenta la solicitud ante la Autoridad Central argentina (Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores).
- La Autoridad Central del país donde se encuentra el menor recibe la solicitud y tramita la restitución.
- En paralelo, se pueden iniciar medidas cautelares ante los tribunales locales para impedir que el menor sea trasladado nuevamente.
¿Cuánto tiempo hay?
El Convenio establece que si la solicitud se presenta dentro del año del traslado, el retorno debe ordenarse salvo excepciones muy acotadas. Pasado ese año, el menor puede haberse integrado a su nuevo entorno, lo que complica la restitución.
Por eso, actuar con urgencia es fundamental.
Nuestra experiencia
El estudio cuenta con experiencia en casos de restitución internacional tanto en el rol de parte solicitante como en la defensa de progenitores que reciben la solicitud. Cada caso requiere una estrategia específica y tiempos de respuesta muy rápidos.